Existen muchas leyendas urbanas alrededor de la legalidad de la tenencia de plantas de cannabis en una propiedad privada. Probablemente, la más extendida sea el amparo de la ley al tener hasta 3 plantas en el jardín o en un armario de cultivo para consumo propio. Pero esto, efectivamente, es una invención popular, pues en España es ilegal plantar marihuana en casa. No obstante, revisando el código penal, algunas leyes y sentencias pasadas, puede encontrarse espacios grises que no lo condenan explícitamente.
Situación legal del cultivo de plantas de marihuana en casa
El artículo 368 del Código Penal epañol establece: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines; serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos”.
En principio, en general, cualquier acto de cultivo y tráfico con las sustancias procedentes de la planta de cannabis estaría penado con prisión. No obstante, en el artículo 36.18 la Ley de protección para la seguridad del ciudadano de 2015, considera como infracción grave únicamente “la ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal”. En muchas ocasiones, este artículo ha sido interpretado como un consentimiento para realizar plantaciones en el ámbito privado siempre que no sea visible para ningún vecino o viandante.
No obstante, en el caso de recibir una denuncia por tener un cultivo de marihuana en casa, dicho acto será considerado un delito y sancionado con pena de prisión o castigado mediante una multa administrativa; dependiendo de la gravedad de la situación. Para determinar dicha situación entran en juego múltiples variantes. Sin embargo, en ningún caso está relacionado con un número de plantas en concreto. De hecho, será el juez el que determine si las dimensiones del cultivo encontrado poseen unas características cercanas al autoconsumo o al tráfico.
Variantes del delito de cultivo de plantas de marihuana en casa
En el momento en el que la policía entra en una propiedad privada tras una denuncia por cultivo de marihuana en casa, lo mínimo que el propietario va a recibir es una multa, en el caso de tratarse de una plantación para consumo propio. Hasta llegar a esta conclusión, las variantes que legalmente se tienen en cuenta son diversas.
Indicios que estiman las plantas de marihuana para autoconsumo o tráfico de drogas
- Acreditación del acusado como consumidor. Se hará mediante un análisis que lo demuestre o lo desmienta. Defender que las plantas son para consumo propio ha de ir acompañado de la pertinente prueba.
- Cantidad de cannabis encontrado. Tanto para el cultivo de marihuana en casa, como para la hierba seca y manicurada, la cantidad será uno de los determinantes claves para decidir su uso. El Instituto Nacional de Toxicología determina que un consumidor habitual se suele proveer con un máximo de 100 g para 5 días.
- Lugar del hallazgo. Encontrar droga en un lugar demasiado oculto acrecienta la versión del cultivo de marihuana en casa destinado al tráfico.
- Empaquetado de la droga. Almacenar el cannabis en bolsitas de dosis particulares inclinará la balanza hacia el castigo penal.
- Dinero en efectivo. La tenencia de cantidades considerables de dinero en efectivo repartido en monedas y billetes pequeños aumentarán las posibilidades de delito.
- Capacidad adquisitiva del acusado. Poseer una cantidad grande de marihuana sin tener medios oficiales para obtenerla, será altamente sospechoso.
- Posesión de herramientas. Tener un cultivo de marihuana en casa de varias plantas junto con balanzas, bolsitas de empaquetado, etc. acercarán al acusado a la sentencia penal.
- Circunstancias personales del acusado. Durante la sentencia se tienen en cuenta cuestiones como problemas de salud susceptibles de ser tratados con la plantación de marihuana casera.
- Actitud del acusado. Se toma en consideración la falta de resistencia a la ocultación de la droga y el hecho de mantener la misma versión en todo momento.
- Declaraciones de los agentes de policía. Pueden declarar haber vislumbrado personas acercarse a la propiedad a adquirir sustancias ilegales de la marihuana encontrada en casa.
Diferencias entre multa administrativa o castigo penal
La resolución de todas las cuestiones anteriores darán como resultado una sentencia por el tribunal de justicia respecto al cultivo de marihuana encontrado en una casa privada. La represalia puede llegar por vía administrativa o por vía penal.
En el caso de decidir que el cultivo de marihuana de casa es para uso propio, el castigo será de una multa que oscila entre los 601 y los 30.000 euros, junto con la incautación de las plantas y las herramientas relacionadas con el cannabis. Al contrario, la pena por tráfico de droga varía entre el año y los 6 años de prisión y “multa del tanto al triplo del valor de la droga cuando se trate de sustancias ilegales que causen un daño grave para la salud”.